RAIDEN, sociedad por acciones simplificada (SAS) con un capital social de 68.868 euros, con domicilio social en 10 Rue du Faubourg Montmartre, 75009 París, inscrita en el Registro Mercantil de París con el número 838 074 870 y cuyo número de IVA intracomunitario es FR45838074870, tiene como objeto social principal ofrecer a las empresas servicios de suministro e instalación de soluciones de recarga para vehículos eléctricos e híbridos enchufables, en lo sucesivo, los “Servicios“. En el territorio español los servicios son prestados por RAIDEN IBÉRICA, S.L., sociedad inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, con domicilio social en calle Ana Mariscal 5, (28223) Pozuelo de Alarcón, Madrid, y con NIF B-01.837.970.
Las presentes “Condiciones Generales” se celebran entre:
- La empresa RAIDEN IBÉRICA, S.L., en lo sucesivo denominada la “Empresa” o “ChargeGuru“,
- Y cualquier Cliente que actúe con fines dentro del ámbito de su actividad profesional y que desee contratar los Servicios de la Empresa, en lo sucesivo denominado el “Cliente“.
Los presentes Términos y Condiciones Generales (en adelante, las “Condiciones Generales”) se complementan con las condiciones particulares acordadas con el Cliente en el correspondiente presupuesto (en adelante, el “Presupuesto“) aceptado por el Cliente. En este sentido, las Condiciones Generales se unen al Presupuesto aceptado por el Cliente, que contiene las condiciones particulares, que conjuntamente forman el contrato indivisible para el suministro e instalación de una solución de recarga, en lo sucesivo denominado el “Contrato“.
Al aceptar el Presupuesto, el Cliente certifica que ha leído, entendido y aceptado las presentes Condiciones Generales. En caso de contradicción entre las Condiciones Generales y las condiciones particulares incluidas en el Presupuesto, prevalecerán las condiciones particulares. El Cliente reconoce y acepta que, a menos que se estipule lo contrario, la información solicitada con vistas a la celebración del Contrato, o enviada durante su ejecución, puede enviarse por correo electrónico.
La Empresa podrá modificar las Condiciones Generales en cualquier momento, que serán publicadas en su sitio web chargeguru.com/ (en adelante, el “Sitio“). Las Condiciones Generales serán aplicadas a los Contratos celebrados después de la fecha de su publicación y entrada en vigor, siendo adjuntadas al correspondiente Presupuesto. Las presentes Condiciones Generales solo se aplican a los servicios prestados en España ChargeGuru y ChargeGuru Business Services (CBS) son marcas comerciales de RAIDEN. A menos que se indique lo contrario, todos los precios indicados en este documento no incluyen el IVA/ICIG.
ARTÍCULO 1 – SERVICIOS DEL OBJETO DEL CONTRATO
El Contrato establece los términos y condiciones que regirán la prestación de la totalidad o parte de los siguientes servicios, de acuerdo con las condiciones particulares acordadas en el Presupuesto:
- Estudio técnico de las necesidades e infraestructura del Cliente;
- El suministro de uno o más dispositivos de recarga, cuya marca, modelo y especificaciones se especifican en el Presupuesto;
- El suministro de los equipos eléctricos necesarios para la instalación de estos dispositivos de recarga, incluida la protección eléctrica;
- Cableado, de acuerdo con los requisitos acordados con el Cliente;
- Instalación, puesta en marcha y otros servicios, de acuerdo con los requerimientos acordados con el Cliente.
Los servicios de instalación y puesta en marcha serán prestados por instaladores especialmente cualificados con los que la Empresa ha celebrado un contrato de prestación de servicios, en lo sucesivo denominados “Socio(s)“. El Cliente acepta expresamente que la Empresa pueda subcontratar los Servicios encomendados al Socio de conformidad con lo establecido en el Artículo 13.
ARTÍCULO 2 – OBLIGACIONES DEL CLIENTE
2.1 Declaraciones previas del Cliente
El Cliente declara que (i) es el propietario de pleno derecho o arrendatario de las instalaciones, objetos o cualquier soporte necesario para la prestación de los Servicios, y (ii) que tiene la capacidad y los poderes necesarios para celebrar el presente Contrato. En particular, si el Cliente es arrendatario de las instalaciones, declara que ha obtenido el consentimiento previo por escrito del propietario para la instalación del dispositivo de recarga, y para cualquier modificación que su instalación pueda conllevar.
Además, el Cliente declara que no tiene conocimiento de ningún obstáculo ni impedimento para la prestación de los Servicios, como, por ejemplo, servidumbres de cualquier naturaleza.
2.2 Trámites, acceso e información
El Cliente se compromete a realizar, bajo su exclusiva responsabilidad, antes de la fecha de inicio de los Servicios, todos los trámites administrativos, o de cualquier otra naturaleza, necesarios para la ejecución de los Servicios.
El Cliente también se compromete a proporcionar acceso gratuito a las instalaciones donde se van a realizar los Servicios durante la duración de los Servicios.
Para garantizar el paso y el acceso al lugar de trabajo, el Cliente debe garantizar un espacio libre suficientemente amplio y la retirada de muebles empotrados o fijos, o cualquier elemento voluminoso.
El Cliente se compromete a cooperar de buena fe con el Socio con el fin de garantizar la seguridad de los profesionales que desarrollen la ejecución de los Servicios en el lugar de trabajo.
Además, el Cliente se compromete a:
- contar con infraestructuras y emplazamientos eléctricos que cumplan con las normas vigentes y no presenten peligro para las personas;
- si es necesario, aumentar su suscripción eléctrica a la potencia necesaria recomendada en el Presupuesto por la Empresa para el correcto funcionamiento de la solución de recarga antes del día de la instalación;
- cumplir con los requisitos previos y condiciones establecidos en el Presupuesto acordado con la Empresa; proporcionar al Socio información y documentos completos, precisos y oportunos;
- tomar decisiones de validación dentro del plazo requerido por la Empresa o el Socio y, de manera más general, responder a las preguntas del Socio dentro del plazo solicitado por el Socio;
- no modificar o hacer modificar por un tercero (sin notificar a la Empresa a su debido tiempo) los sitios o infraestructuras existentes después de la visita técnica realizada por el Socio con vistas a la elaboración del Presupuesto, de conformidad con los términos del artículo 3 siguiente;
- no modificar sus requisitos (sin notificar a la Empresa a su debido tiempo) después de la visita técnica realizada por el Socio con vistas a la elaboración del Presupuesto, de conformidad con los términos del artículo 3 siguiente;
- en su caso, designar un responsable con poder de decisión para garantizar que los contactos clave y el responsable estén disponibles durante la prestación de los Servicios;
- estar presente en las fechas acordadas para la ejecución de los Servicios, o estar representado por un adulto presente al que se le haya otorgado un poder notarial, si es necesario;
- informar a la Empresa y al Socio de cualquier ausencia al menos 48 horas antes de la fecha de instalación prevista;
- informar directamente al Socio y a la Empresa de cualquier dificultad que pueda surgir en la prestación de los Servicios;
- cumplir con sus obligaciones de pago en virtud del Contrato, en particular en lo que respecta al pago del depósito.
La Empresa no será responsable en caso de mal funcionamiento o avería del dispositivo de recarga, ni de los daños y perjuicios de cualquier tipo sufridos por el Cliente como consecuencia del incumplimiento por parte del Cliente de las obligaciones establecidas en el Contrato.
A menos que las partes acuerden lo contrario, el Cliente es el único responsable de cualquier trámite, solicitud, declaración y/o formulario que se realice a las entidades pertinentes para obtener cualquier beneficio fiscal o financiero, en particular ayudas o subvenciones, a las que pueda tener derecho.
La Empresa podrá intervenir, en su caso, de acuerdo con los términos y condiciones establecidos en el Presupuesto celebrado con el Cliente, para llevar a cabo los trámites asociados a las solicitudes de ayudas, subvenciones o incentivos de los que el Cliente desee beneficiarse. En este sentido, la Empresa no garantiza la concesión de las ayudas, subvenciones o incentivos de que se trate. Por ello, la Empresa no será responsable si las ayudas o subvenciones no se conceden al Cliente por razones ajenas a la Empresa (cambios en la normativa, incumplimiento de requisitos previos o plazos para el envío de documentos por parte del Cliente, retrasos en la intervención de partes externas implicadas, etc.).
2.3 Mantenimiento de los dispositivos de carga
Una vez finalizada la instalación, el Cliente se compromete a no:
- Realizar o permitir que se realice cualquier modificación en las instalaciones objeto del presente Contrato, sin informar previamente a la Empresa;
- Cambiar la configuración de los sistemas;
- Realizar cualquier otra modificación que pueda afectar al buen funcionamiento y conformidad de la instalación.
En caso de intervención posterior a la instalación por parte de un Socio (en particular, para prestar servicio técnico en relación con las operaciones de instalación o como parte del cumplimiento de cualquier obligación de garantía), el Cliente se compromete a dar al Socio todas las oportunidades para analizar y, si es necesario, subsanar cualquier defecto observado.
2.4 Indemnización por incumplimiento y gastos adicionales
En caso de incumplimiento de las obligaciones por parte del Cliente, éste acepta que la Empresa le facture:
- cualquier coste adicional y daños incurridos por la Empresa, en particular si resulta necesario realizar trabajos adicionales;
- un pago adicional de 300 euros por cada viaje adicional que sea necesario como consecuencia del incumplimiento;
- la cantidad de 300 €, si el Cliente cancela una visita técnica o una visita de electricista con menos de 48 horas de antelación al día de la intervención,
- en caso de terminación del Contrato por incumplimiento del Cliente (en las condiciones establecidas en las presentes Condiciones Generales), una indemnización fija correspondiente al 20% del importe establecido en el Presupuesto.
- una indemnización de la cantidad de 300 € en caso de intervención por parte del Socio después de la instalación, cuando el mal funcionamiento sea consecuencia de un incumplimiento por parte del Cliente de sus obligaciones establecidas anteriormente, y en particular en caso de modificación por parte del Cliente de su instalación eléctrica.
ARTÍCULO 3 – DEFINICIÓN DE LAS NECESIDADES DEL CLIENTE, ELABORACIÓN DE UN PRESUPUESTO Y CELEBRACIÓN DEL CONTRATO
3.1 Elaboración y presentación de un presupuesto
El Presupuesto realizado por la Empresa se elabora tras una visita técnica in situ de un Socio, y sobre la base de la información y los elementos proporcionados por el Cliente.
El Presupuesto contiene las condiciones particulares aplicables a la prestación del Servicio y, en particular, una descripción de los servicios a contratar, las condiciones y requisitos previos para su ejecución, y el precio de estos Servicios, expresado en euros y sin impuestos.
El Presupuesto se realiza bajo la condición suspensiva del cumplimiento de los requisitos previos y condiciones particulares que se incluyan en éste (en particular, la finalización de los trabajos para adecuar la instalación eléctrica a la normativa aplicable): si el Cliente no cumple con los requisitos previos y condiciones dentro de los dos (2) meses posteriores a la firma del Presupuesto, el Contrato se rescindirá automáticamente, a menos que la Empresa acuerde lo contrario.
En caso de incumplimiento o retraso en el cumplimiento de los requisitos previos y condiciones establecidos en el presupuesto atribuible al Cliente, se aplicará lo dispuesto en el artículo 2.4 anterior.
El Presupuesto es elaborado por la Empresa sobre la base de:
- una infraestructura eléctrica existente que cumpla con las normas eléctricas nacionales y autonómicas aplicables y que cuente con las características requeridas para instalar y suministrar la solución de recarga prevista;
- información proporcionada por el Cliente;
- información recopilada por el Socio durante la visita técnica organizada con el Cliente.
El Presupuesto tiene una validez de 15 días a partir de la fecha de recepción. Esta Presupuesto inicial podrá ser modificado de mutuo acuerdo por las partes.
En particular, cualquier obra o material que no haya podido preverse en el Presupuesto inicial, sobre la base de los elementos antes mencionados, y que sea necesario para la instalación o el correcto funcionamiento del sistema de recarga, dará lugar a la elaboración de un nuevo Presupuesto rectificador.
Lo establecido en el párrafo anterior será de aplicación si los trabajos o equipos no previstos en el Presupuesto son necesarios como resultado de modificaciones en el sitio o en la instalación eléctrica realizadas por el Cliente o un tercero antes de la instalación y después de la visita técnica realizada por el Socio, o como resultado de requisitos formulados por este último.
Si resulta que la infraestructura eléctrica existente impide que la solución de carga funcione correctamente, los costes adicionales incurridos para remediar esta situación también darán lugar a un nuevo Presupuesto rectificativo.
3.2 Coste de las cotizaciones iniciales y rectificativas
La primera visita técnica y los dos primeros Presupuestos (presupuesto inicial y primer presupuesto correctivo) son gratuitos.
Se cobrará una tasa de 300 euros por cualquier nueva inspección técnica o presupuesto adicional.
Si el Cliente no firma el Presupuesto rectificativo, se rescindirá el Contrato celebrado sobre la base del Presupuesto inicial.
Si la necesidad de aceptar un presupuesto rectificativo se debe a un incumplimiento por parte del Cliente de sus obligaciones establecidas en el artículo 2, la Empresa podrá facturar al Cliente una cantidad de 300 euros, además de los gastos de viaje establecidos en el artículo 2.4.
3.3 Aceptación del Presupuesto y formalización del Contrato
El Contrato se formaliza con la aceptación del Presupuesto y las presentes Condiciones Generales por parte del Cliente.
El Contrato se considera celebrado en la fecha en que es firmado por el Cliente.
En caso de cancelación por parte del Cliente después de la firma del Presupuesto, el Cliente deberá indemnizar a la Empresa con el pago de la suma global del 20% del Presupuesto, sin perjuicio de cualquier otro daño al que pueda tener derecho la Empresa.
En caso de cancelación por parte del Cliente después de la firma del Presupuesto y el pago del depósito inicial, el Cliente deberá abonar a la Empresa las siguientes cantidades, en concepto de indemnización, sin perjuicio de cualquier otro daño causado a la Empresa y que ésta pueda reclamar por vía judicial. Es decir, en el contexto de:
- Pedidos de equipos: se aplicará una penalización económica correspondiente al 100% del importe del presupuesto total
- Un servicio que incluye el pedido y la instalación:
- Si el equipo aún no ha sido entregado, se aplicará una penalización económica del 30% del importe del Presupuesto.
- Si el equipo se entrega, se aplicará una penalización económica del 50% del importe del Presupuesto.
- Si el trabajo ha comenzado, se aplicará una penalización económica del 100% del importe total del Presupuesto.
ARTÍCULO 4 – PRECIOS/CONDICIONES DE PAGO
4.1 Precios
El precio de los Servicios se indica en el Presupuesto aceptado por el Cliente.
Los precios están expresados en euros, y no incluyen impuestos. Se indican en el Presupuesto firmado por el Cliente. El precio será válido únicamente durante el período de validez del Presupuesto mencionada en el artículo 3.1.
4.2 Condiciones de pago
A menos que se estipule lo contrario en las condiciones particulares del Presupuesto, el pago del precio por el Cliente se realizará de acuerdo con los siguientes términos y condiciones:
Para presupuestos inferiores a 20.000 € sin IVA/ICIG:
- Depósito inicial del 50% que se abonará en el momento de la firma del Contrato;
- El 50% restante a la aceptación de la instalación, de acuerdo con lo establecido más adelante.
Para presupuestos superiores a 20.000 € sin IVA/ICIG:
- Depósito inicial del 50% que se abonará en el momento de la firma del Contrato;
- Depósito del 40% a pagar en la instalación de los dispositivos de carga;
- 10% en la aceptación de las instalaciones.
Una reserva se considera menor cuando el dispositivo de carga está en buen estado de funcionamiento y es capaz de realizar sus funciones.
Por la presente se especifica que el pago del depósito es una condición para la prestación de los servicios y el pedido del equipo. No se realizará ningún servicio sin el pago del depósito.
En caso de no proceder al pago del depósito dentro de los 60 días posteriores a la firma del Presupuesto, la Empresa estará facultada para terminar el Contrato unilateralmente después de que un requerimiento formal no haya sido atendido.
En caso de retraso en el pago del depósito (más de 30 días después de la firma del Presupuesto), la Empresa tendrá derecho a ajustar los precios en un Presupuesto rectificativo para actualizar los cambios en sus costos, particularmente en relación con los pedidos de los dispositivos y equipos especificados en el Presupuesto.
Cada nuevo Presupuesto debe ser validado por el Cliente.
4.3 Condiciones de pago
A menos que se estipule lo contrario en el Presupuesto, el Cliente se compromete a abonar las solicitudes de pago de la Empresa (depósitos y facturas) en un plazo máximo de 30 (treinta) días a partir de la fecha de emisión del depósito o factura.
Cualquier factura no abonada antes de la fecha de vencimiento dará lugar automáticamente, sin previo aviso, a la aplicación de:
- en primer lugar, los intereses de demora, pagaderos el día siguiente a la fecha de pago que figura en la factura, calculados al tipo de interés aplicado por el Banco Central Europeo a su última operación de financiación incrementado en 10 puntos porcentuales (el tipo aplicable durante el primer semestre del año de que se trate es el tipo vigente el 1 de enero del año de que se trate; para el segundo semestre del año de que se trate, es la tasa vigente el 1 de julio del año en cuestión);
- una indemnización fija por gastos de cobro de 40 (cuarenta) euros.
En caso de retraso o falta de pago por parte del Cliente, a este último también se le cobrará automáticamente, sin necesidad de recordatorio, una compensación fija del 20% del importe de las sumas adeudadas, tan pronto como se supere la fecha de vencimiento.
4.4 Reserva de propiedad
La propiedad del equipo instalado será transferida en cuanto se haya procedido a realizar el pago total y efectivo del precio dentro de la fecha de vencimiento por parte del Cliente. `.
ARTÍCULO 5 – PRESTACIÓN DE SERVICIOS
Una vez formalizado el Contrato, el Socio de la Empresa se pondrá en contacto con el Cliente tras la entrega del equipo, para fijar una fecha indicativa de prestación de los Servicios, siempre que se cumplan los requisitos previos y las condiciones establecidas en el Presupuesto.
Los Servicios prestados por el Socio corresponden a los Servicios definidos en el Contrato.
Se especifica que, en determinados casos, la prestación de los Servicios pueda resultar imposible, o pueda suspenderse, sin que la Empresa sea considerada responsable de ningún incumplimiento. Este puede ser el caso, en particular, por las siguientes razones:
- Ausencia del Cliente el día de la instalación;
- dirección incorrecta;
- zonas inaccesibles o inseguras;
- impago del depósito;
- la necesidad de que los trabajos sean realizados por un tercero a expensas del Cliente, en particular para garantizar la conformidad de la instalación eléctrica;
- necesidad de acordar un presupuesto correctivo;
- cancelación de los Servicios por parte del Cliente;
- dificultades técnicas encontradas en el lugar de instalación.
Si la imposibilidad de prestar los Servicios se debe a un incumplimiento por parte del Cliente de sus obligaciones en virtud del Contrato, y en particular en virtud del artículo 2 anterior, se aplicarán las indemnizaciones previstas en el artículo 2.4.
Mientras no se resuelvan las dificultades mencionadas anteriormente, el Contrato quedará suspendido y, si es necesario, podrá resolverse de conformidad con las disposiciones legales aplicables y las estipulaciones de las presentes Condiciones Generales.
ARTÍCULO 6 – ENTREGA DEL EQUIPO, ACEPTACIÓN DEL TRABAJO Y PAGO
6.1 Entrega de equipos y transferencia de riesgos
Los riesgos relacionados con el equipo/dispositivo de carga se transfieren al Cliente en el momento de su entrega y descarga de uno o más dispositivos de recarga en el lugar de instalación por parte de la Empresa, su proveedor o su transportista.
El Cliente es totalmente responsable de cualquier daño al equipo después de su entrega y descarga.
Se informa al Cliente de que la manipulación del dispositivo de carga debe ser realizada exclusivamente por un profesional cualificado, en particular el Socio o proveedor. El Cliente realiza la manipulación bajo su exclusiva responsabilidad y bajo su propio riesgo, y será el único responsable de cualquier lesión corporal o daño material que pueda resultar de dicha manipulación. La Empresa no asumirá ninguna responsabilidad a este respecto.
6.2 Aceptación del trabajo
La instalación se considera finalizada por la Empresa tras la emisión de un certificado de instalación eléctrica (CIE) validado por la entidad competente de la comunidad autónoma correspondiente al lugar de la instalación, o tras el certificado favorable emitido por un Organismo de Control Autorizado (OCA) si la instalación lo requiere. En ningún caso el Cliente podrá utilizar el dispositivo de carga antes de su legalización. La Empresa no será responsable de los daños sufridos por el Cliente en caso de uso previo a la legalización de la Instalación.
La aceptación del trabajo se lleva a cabo por ambas partes en una reunión acordada.
A continuación, se firma un informe de aceptación.
Si el trabajo es aceptado con reservas, la Empresa está obligada a tomar todas las medidas necesarias para eliminar dichas reservas, excepto en el caso de que:
- Las reservas sean responsabilidad exclusiva del Cliente;
- La reserva requiere el pedido de materiales, en cuyo caso las reservas solo se pueden levantar a la recepción del material, y sin que la Empresa se haga responsable de su retraso.
La aceptación del trabajo se considerará completa y el Servicio completado cuando las partes firmen un informe (hoja de firma) sin reservas o con reservas menores.
Las garantías establecidas en el Artículo 7 siguiente, entrarán en vigor al día siguiente de la firma del informe indicado en el párrafo anterior. Si no se firma dicho informe, el Cliente no podrá reclamar ningún tipo de compensación en virtud de dichas garantías.
Se recuerda que el Cliente no puede negarse injustificadamente a firmar la hoja de firma de los trabajos sin una razón válida.
Si la aceptación no es por escrito, puede ser tácita. Este acuerdo tácito se establece cuando se cumplen tres criterios:
- Ninguna reserva o reservas menores como se define anteriormente,
- Falta de presentación de una reclamación por parte del Cliente durante más de quince días a raíz de un requerimiento infructuoso por correo electrónico para recibir la entrega de las obras,
- Confirmación del correcto funcionamiento del equipo por parte de la Empresa o del Cliente.
El simple hecho de tomar posesión del dispositivo de carga, o utilizarlo, no constituye en sí mismo una recepción.
La aceptación tácita se considerará realizada al expirar el plazo de quince días siguientes al requerimiento enviado por la Empresa para la aceptación de las obras, y activará las garantías legales.
6.3 Facturación del saldo del trabajo
La Empresa tendrá derecho a facturar el saldo de la obra mediante aceptación expresa (firma del acta de aceptación sin reserva o con reservas menores), o aceptación tácita de la obra.
El Cliente deberá pagar el saldo del Presupuesto previa presentación de la factura emitida por la Empresa, de acuerdo con los términos del presente Contrato.
ARTÍCULO 7 – GARANTÍAS
Los Servicios prestados por la Empresa y sus Socios están cubiertos por las garantías legales aplicables, ipso jure y sin pago adicional.
La Empresa garantiza que las soluciones de recarga y los componentes utilizados en su instalación cuentan con una garantía de tres años a partir de la fecha de su instalación.
Esta garantía estará en vigor siempre y cuando las soluciones de recarga y sus componentes hayan sido utilizados y mantenidos de acuerdo con las instrucciones proporcionadas por la Empresa y sus Socios. La garantía no cubrirá en ningún caso defectos o daños resultantes como consecuencia de: (i) un uso incorrecto, (ii) un mantenimiento inadecuado o negligente, (iii) modificaciones no autorizadas y/o (iv) accidentes o daños externos.
El Cliente deberá notificar cualquier defecto cubierto por la garantía a la Empresa por escrito en el plazo de 7 días desde su detección. La Empresa, a su discreción, reparará o reemplazará los equipos o componentes defectuosos sin coste alguno para el Cliente.
Asimismo, la Empresa garantiza que los Servicios incluidos en el Presupuesto serán realizados conforme a los estándares técnicos aplicables y la normativa vigente. En este sentido, la Empresa otorga una garantía al Cliente durante el plazo de un año, conforme a la cual, si el Cliente detecta cualquier deficiencia o fallo atribuibles a una incorrecta ejecución de los trabajos derivados de los Servicios, la Empresa se compromete a corregir dichas deficiencias sin coste adicional para el Cliente. En este sentido, el Cliente deberá notificar a la Empresa por escrito dentro de un plazo de 7 días desde la detección de la deficiencia o fallo.
Las mencionadas garantías no cubrirán en ningún caso los daños o defectos resultantes de: (i) fuerza mayor, (ii) intervenciones no autorizadas por parte del Cliente o terceros y/o (iii) uso de las soluciones de recarga fuera de los parámetros especificados por la Empresa.
Por último, el Cliente es consciente y acepta que la responsabilidad de la Empresa bajo estas garantías se limita exclusivamente a la reparación o sustitución de las soluciones de recarga o sus elementos defectuosos y a la corrección de los trabajos realizados, según corresponda. La Empresa no será responsable por ningún daño indirecto, incidental o consecuencial derivado del uso o incapacidad de uso de los productos y servicios, salvo que tal responsabilidad esté expresamente prevista por la ley.
Asimismo, se informa al Cliente que las garantías establecidas en el presente Artículo para la reparación o sustitución de las soluciones de recarga no cubrirán en ningún caso los gastos derivados de la mano de obra y desplazamiento de los técnicos encargados de realizar la reparación o sustitución.
ARTÍCULO 8 – FUERZA MAYOR
Las partes acuerdan que ninguna de ellas será responsable de ningún incumplimiento o retraso en el cumplimiento de sus obligaciones resultante de fuerza mayor tal como se establece en el artículo 1105 del Código Civil. En este sentido, se consideran casos de fuerza mayor aquellos sucesos que no hubieran podido preverse, o que, previstos, fueran inevitables.
Se consideran expresamente casos de fuerza mayor, además de los habitualmente aceptados por la jurisprudencia aplicable, los siguientes: bloqueo de los medios de transporte o de suministro; desastres naturales, tales como terremotos, incendios, tormentas, inundaciones, erupciones volcánicas; eventos tecnológicos imprevistos, como la interrupción de las redes eléctricas o de telecomunicaciones o dificultades específicas de las redes de telecomunicaciones externas a los clientes, fallos masivos de energía; así como conflictos sociales, tales como huelgas, guerras o conflictos armados, o situaciones de emergencias, como epidemias cuyos efectos y consecuencias futuros no puedan preverse plenamente en la fecha de conclusión del presente Contrato, pero que dificultan especialmente la prestación de los Servicios.
En caso de fuerza mayor, la parte que invoque la fuerza mayor informará inmediatamente a la otra parte de su ocurrencia y sus consecuencias previsibles en la fecha de ocurrencia. Las partes harán todo lo posible para limitar las consecuencias.
En caso de fuerza mayor, el Contrato quedará suspendido. El cumplimiento de las obligaciones se reanudará tan pronto como haya cesado el evento constitutivo de fuerza mayor.
Si el caso de fuerza mayor continúa más allá de los treinta (30) días a partir de la fecha de la información mencionada en el segundo párrafo de este artículo, las partes acuerdan reunirse para decidir si entablan conversaciones con miras a modificar los términos de sus compromisos mutuos o rescindir el Contrato. Si no se llega a un acuerdo, el Contrato podrá rescindirse a iniciativa de cualquiera de las partes.
ARTÍCULO 9 – RESPONSABILIDAD DE LA EMPRESA
La Empresa es responsable de los daños materiales directos sufridos por el Cliente como consecuencia del incumplimiento de sus obligaciones en virtud del Contrato.
Además de los casos de fuerza mayor mencionados en el artículo 8, la Empresa no será responsable en caso de:
- incumplimiento por parte del Cliente, y en particular en caso de incumplimiento de las condiciones y requisitos previos establecidos en la Oferta, o en caso de información falsa, errónea o incompleta proporcionada por el Cliente, cuyo carácter falso, erróneo o incompleto la Empresa no podría haber podido determinar razonablemente;
- Instalación eléctrica no conforme, inadecuada o defectuosa en el lugar de instalación.
- uso inadecuado o anormal de las instalaciones por parte del cliente;
- cualquier intervención, operación falsa o dolo imputable al Cliente, al Usuario o a un tercero;
- las modificaciones introducidas en las instalaciones objeto del presente Contrato;
- modificación de la configuración del sistema;
- daños causados por el Cliente o un tercero.
Las partes acuerdan que, en el marco del presente Contrato, no habrá lugar a reclamación ni indemnizaciones, por ningún concepto, que puedan derivarse de los daños indirectos derivados de la prestación de los Servicios. Se consideran, en particular, como daños indirectos, el perjuicio comercial, la pérdida de imagen, de marca, la pérdida de ingreso, perturbación comercial o la pérdida de beneficios.
En ningún caso la responsabilidad de la Empresa será superior al importe percibido por los Servicios prestados por la Empresa en el presente Contrato.
ARTÍCULO 10 – DATOS PERSONALES
En cumplimiento de lo previsto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en los que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (en adelante, “RGPD”) y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos y Garantía de los Derechos Digitales (en adelante, “LOPD”), las partes se comprometen a que los datos personales de la otra Partes serán tratados de acuerdo con lo siguiente:
- Los datos personales serán tratados para la ejecución y gestión de la presente relación contractual suscrita entre las partes, de conformidad con la licitud establecida en el RGPD (artículo 6.b).
- Los datos personales podrán ser comunicados a cualquier otra persona o entidad a la que fuera razonablemente necesario dentro de las finalidades anteriormente mencionadas, así como en aquellos supuestos en que sea requerido o permitido por disposición legal. En este sentido, los datos personales podrán ser accedidos por los proveedores de las partes para la consecución de las finalidades para las que fueron obtenidos los datos personales.
- Los datos personales serán conservados durante el tiempo necesario para la realización de las finalidades para las que fueron recogidos. Posteriormente, en caso de ser necesario, se mantendrá la información bloqueada durante los plazos legalmente establecidos.
- Las partes se comprometen a aplicar las medidas de seguridad técnicas y organizativas necesarias para proteger la integridad, disponibilidad y confidencialidad de los datos personales de la otra parte, incluyendo la formación necesaria a los empleados que vayan a tratar datos personales en el desarrollo de sus funciones laborales.
- Los representantes de las partes (firmantes) podrán ejercitar, en cualquier momento, los derechos de acceso, rectificación, limitación al tratamiento, portabilidad, supresión y oposición al tratamiento, en los casos en los que sea pertinente, dirigiéndose para ello, mediante escrito, a la dirección que figuran en el siguiente enlace: https://chargeguru.com/es/politica-de-privacidad/.
- Por último, las Partes tienen derecho a presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos si considera que se ha producido algún tipo de vulneración en el tratamiento de los datos personales.
ARTÍCULO 11 – SEGUROS
La Empresa ha contratado un seguro de responsabilidad civil profesional y un seguro de responsabilidad civil profesional. Los certificados de seguro contratados por la Empresa están disponibles para los clientes que lo soliciten.
ARTÍCULO 12 – SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
El Contrato, incluidas las presentes Condiciones Generales, se rige por lo establecido en la legislación española.
Cualquier reclamación, en particular relativa a la aplicación de las garantías aplicables al Contrato, puede enviarse a la siguiente dirección:
RAIDEN IBERICA, S.L. – Ana Mariscal 5, (28223) Pozuelo de Alarcón, Madrid.
[email protected] – Contacto https://chargeguru.com/es/contacto/
Los litigios relativos a la formación, interpretación, ejecución o terminación del Contrato se someterán a la jurisdicción exclusiva de los Tribunales de la ciudad de Madrid.
ARTÍCULO 13 – CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN
El Cliente no podrá ceder y/o disponer, total o parcialmente, de los derechos y obligaciones del presente Contrato a favor de terceros sin el consentimiento previo y por escrito de la Empresa.
La Empresa podrá subcontratar, total o parcialmente, la ejecución de los Servicios objeto del presente Contrato.
En caso de subcontratación, la Empresa se compromete a comunicar al Cliente de forma previa la identidad de dicho tercero, así como especificar los trabajos que el tercero va a realizar en relación con el desarrollo de los Servicios.
En este sentido, la Empresa será responsable frente al Cliente por la actuación de la empresa o profesional subcontratada o Socios, y procurará, en todo momento, el adecuado cumplimiento, por parte de esta, de lo dispuesto en las cláusulas contenidas en el presente Contrato.
ARTÍCULO 14 – VALIDEZ Y NULIDAD
En caso de que cualquier cláusula del presente Contrato sea total o parcialmente nula o no ejecutable, dicha declaración no afectará a la validez y ejecución del resto de cláusulas contenidas en el mismo. Ambas partes, para reemplazar la cláusula nula o no ejecutable, acordarán de buena fe una cláusula válida y ejecutable lo más similar posible al significado y espíritu de la cláusula declarada como inválida o no ejecutable.
ARTÍCULO 15 – ACEPTACIÓN DEL CLIENTE
Las presentes Condiciones Generales son expresamente aprobadas y aceptadas por el Cliente, quien declara y reconoce pleno conocimiento de las mismas.